Lunes, Mayo 20, 2024

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Revista de la Facultad de Derecho Nro. 71 | Universidad Católica Andrés Bello, 2018

La  reforma  parcial,  vía  legislación  delegada,  de  las  reglas  que  disciplinan  el  elemento  temporal  de  los  ingresos,  costos  y  gastos  relevantes  para  la  determinación  del  enriquecimiento  neto  gravable  con  el  impuesto  sobre  la  renta  es  inconstitucional  e  irracional,  en  tanto  pretende  –sin  lograrlo-  incrementar  la  recaudación  fiscal,  afectando  indebidamente  a  los  principios  fundamentales  de  comodidad  de  la  imposición,  tributación  conforme  con  la  capacidad  contributiva,  preservación  de  la  fuente  productora  de  renta  y  eficiencia  recaudatoria,  a  través  del  desconocimiento  del  carácter  jurídico  y  económico  del  concepto  de  disponibilidad  de  la  renta.

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Observatory on the Protection of Taxpayers' Rights | IBFD, 2018

This report summarizes the monitored developments concerning the effective protection of taxpayers’ fundamental rights in 25 countries as of 31 December 2017, compared to the status of compliance of a set of minimum standards and best practices recorded for those countries on 12 fundamental taxpayer rights identified by Prof. Dr Pasquale Pistone and Prof. Dr Philip Baker at the 2015 IFA Congress on The Practical Protection of Taxpayers’ Rights in the following situations:

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World Tax Journal, Vol. 9 No. 3 | IBFD, 2017

This article defines the right to be informed of any investigations in tax matters as a human right, part of the bundle of the citizen’s “constitutional rights positions” (R. Alexy) for their defense against any attempt of limitation of their rights by the State, and thus determines the ways through which the State exercises its powers. In this regard, this article approaches the right to be informed in tax assessment procedures on the basis of the study of the configuration parameters of said right in Criminal Law, and applies the resulting common standards in the context of the exchange of information between tax administrations in cross-border situations.

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La Actividad Internacional de la Empresa | IX Jornadas de la Asociación Americana de Derecho Internacional Privado (ASADIP), 2017

A la luz del nuevo paradigma de la tributación internacional, encarnado en el Plan de Acción BEPS de la OCDE, la economía de opción (que permite a las empresas multinacionales la optimización del costo fiscal de sus operaciones a través del uso racional de la libertad contractual para la configuración de sus negocios) enfrenta limitaciones sustanciales, que procuran evitar la erosión de bases imponibles y el traslado de beneficios a través del abuso de las formas y la planificación fiscal agresiva, frente a las exigencias de justicia en la distribución de la carga tributaria entre contribuyentes y de ingresos tributarios entre Estados.

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Revista Electrónica de Investigación y Asesoría Jurídica (REDIAJ) N° 13, 2017

Se estudia el Decreto N° 2.878, que estatuye las bases de convocatoria a la denominada «Asamblea Nacional Constituyente», en lo atinente al pretendido carácter «sectorial» y «territorial» de su conformación. El análisis permite constatar la intermediación corporativista en la representación popular por «sectores», que niega la igualdad como expresión de la dignidad humana, los caracteres universal y directo de la participación política y la soberanía popular. Del mismo modo, la investigación evidencia la instrumentalización del Municipio, como unidad política primaria de la organización política, a objeto de secuestrar al federalismo y mediatizar, así, la representación popular, vulnerando de igual modo los derechos antes mencionados en la conformación de la antedicha Asamblea. La tentativa en comentarios se inscribe como una tentativa de control absoluto del poder político en Venezuela a través de la instauración de una «dictadura soberana» (Schmitt).

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Revista de Derecho Tributario Nro. 150 | Asociación Venezolana de Derecho Tributario, 2017

Se estudia la naturaleza de las sanciones pecuniarias fiscales, para determinar si éstas son calificables como obligaciones de valor y, en consecuencia, son susceptibles de corrección monetaria o si, por el contrario, son obligaciones nominativas, a causa de su esencia penal. Las multas fiscales son penas, y en consecuencia están sujetas a los principios fundamentales de (i) tipicidad penal tributaria, con base en la aplicación de la regla nulla poena sine lege praevia, certa, stricta et scripta; (ii) validez temporal de la ley penal tributaria –tempus regit actum-, traducida en la regla de irretroactividad de la tipificación de las penas; (iii) mínima intervención y razonabilidad, a causa de la potencial afectación (incluso, confiscación) derivada de la aplicación indiscriminada de cláusulas de corrección monetaria a la determinación de las sanciones tributarias pecuniarias. Estas razones nos permiten concluir que la corrección monetaria de sanciones pecuniarias fiscales es inconstitucional. Se analizan, desde una perspectiva comparada, las normas venezolanas y mexicanas en la materia.

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Revista Derecho y Sociedad N° 12 | Universidad Monteávila , 2016

El paper analiza, histórica y jurídicamente, al Presidencialismo como rasgo esencial de la conformación del Poder Público y del sistema de pesos y contrapesos que lo caracteriza en el Estado de Derecho, a partir de la arquitectura de la figura en las Constituciones venezolanas de los dos primeros períodos en los que Brewer-Carías divide la historia constitucional venezolana: el Estado Independiente (1811-1830), que comprende desde la separación jurídica de España hasta la separación jurídica de la primera Colombia; y el Estado Autónomo (1830-1864), que comprende desde este último acto hasta el fin de la Guerra Federal, y la promulgación de la Constitución Federal de los Estados Unidos de Venezuela de 1864.

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Revista "Estudios Tributarios"​ No. 3 | Instituto Boliviano de Estudios Tributarios, 2016

El trabajo resume algunos de los principales problemas regulativos y aplicativos de la prescripción extintiva tributaria en Venezuela, especialmente a la luz de la reforma del Código Orgánico Tributario de noviembre de 2014.

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Revista Mexicana de Derecho Financiero y Tributario N° 3 | Universidad de Guanajuato, 2015

El tributo es, en razón de las modalidades temporales para su cumplimiento, susceptible de clasificación como una obligación (i) pura y simple; (ii) condicional; y (iii) a término.  Ello permite concretar el valor jurídico de la determinación tributaria, de modo de analizar críticamente si el acto determinativo tributario tiene un efecto meramente declarativo, como manifestación de conocimiento de una realidad —la obligación tributaria— que le preexiste; o si por el contrario dicho acto tiene la virtualidad de establecer ex post facto —a modo de necesaria interpellatio— el término de cumplimiento de la obligación ya nacida, pero cuya eficacia se encuentra condicionada a la existencia del tantas veces mencionado acto de determinación.  En estos términos, partiendo de la posibilidad de conocimiento —y sobre todo, de comprensión racional— de la ley por parte del operador jurídico, la cuestión del tiempo de cumplimiento de la obligación tributaria, y en consecuencia la naturaleza del acto de determinación, la hace una obligación ex lege sujeta a término legal, fijo y necesario para la determinación del tributo, exigible de acuerdo con la regla «dies interpellat pro homine», de lo que se sigue la naturaleza declarativa de la determinación tributaria.

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